Artículo 83 del REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría, con ayuda de la CONUEE, tiene que definir qué materiales, equipos y aparatos sirven para ahorrar energía (tanto en calor como en electricidad) y que puedan recibir financiamiento. También debe crear programas para ponerlos en marcha, tomando en cuenta lo que más necesita el sector energético del país, sus cadenas de producción, y cómo esto ayuda a usar más productos hechos en México y a tener más control sobre nuestra propia energía. Además, la Secretaría puede invitar a los gobiernos de los estados, municipios y la Ciudad de México a aprovechar este dinero para crear nuevos programas o mejorar los que ya tienen para ahorrar energía.
Texto oficial
Artículo 83. La Secretaría, con el apoyo técnico de la CONUEE, debe determinar los materiales, equipos y aparatos para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía en aplicaciones térmicas y eléctricas que son elegibles para el financiamiento, así como los programas para su implementación, que consideren las prioridades del Sector Energético, sus cadenas de valor asociadas, así como su contribución al aumento del contenido nacional y a la soberanía energética. La Secretaría puede promover con las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, el uso de este financiamiento en la implementación de nuevos programas o el fortalecimiento de sus programas existentes relacionados con el Aprovechamiento Sustentable de la Energía. Sección II De los Certificados de Energías Limpias
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.