- Ley
- REGLAMENTO de la Ley de Pesca
- Artículo
- 8
Artículo 8 del REGLAMENTO de la Ley de Pesca
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si te dan una concesión, permiso o autorización para hacer algo, no puedes pasarla a otra persona, rentarla ni usarla como garantía para un préstamo. Eso aplica aunque sea solo una parte de lo que te autorizaron. Básicamente, lo que te dieron es solo para ti, no puedes compartirlo ni ponerlo como "prenda".
Texto oficial
Artículo 8o.- Las concesiones, permisos o autorizaciones no podrán ser objeto, en todo o en parte, de subconcesión, arrendamiento o gravamen.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.