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Artículo 90 del REGLAMENTO de la Ley de Pesca

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando pescas por deporte o diversión, lo que atrapes solo lo puedes usar para dos cosas: para disecar el pescado (taxidermia) o para comértelo tú. Si quieres que alguien más lo coma o se use de otra forma, solo es posible si la Secretaría (la autoridad de pesca) lo permite con reglas especiales en una norma oficial.

Texto oficial

Artículo 90.- Las capturas obtenidas de la pesca deportivo-recreativa se destinarán a la taxidermia o al consumo de quien las realiza y al consumo generalizado en los casos, términos y condiciones que determine la Secretaría a través de la norma respectiva.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.