Artículo 92 del REGLAMENTO de la Ley de Pesca
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 92 dice que, si pescas por deporte, solo puedes usar caña o línea con anzuelo, con carnada o señuelo. También puedes tener los repuestos que autorice la Secretaría, como más anzuelos o señuelos de reserva. Si quieres pescar buceando, solo está permitido hacerlo a pulmón libre (sin tanques de oxígeno) y con un arpón de liga o resorte. No vale usar otro tipo de arpón o equipo. Para usar cualquier otra herramienta de pesca, como redes o trampas, necesitas un permiso especial de la Secretaría. Sin ese permiso, no puedes usarlas.
Texto oficial
Artículo 92.- El pescador deportivo sólo podrá utilizar caña o línea con anzuelo, con carnada o señuelo, sin perjuicio de que pueda disponer del número de repuestos que autorice la Secretaría. La práctica de la pesca deportivo-recreativa subacuática, únicamente se permitirá buceando a pulmón, con arpón de liga o resorte. Cualquier otro tipo de arte de pesca, requerirá autorización expresa de la Secretaría.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.