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Artículo 92 del REGLAMENTO de la Ley de Pesca

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 92 dice que, si pescas por deporte, solo puedes usar caña o línea con anzuelo, con carnada o señuelo. También puedes tener los repuestos que autorice la Secretaría, como más anzuelos o señuelos de reserva. Si quieres pescar buceando, solo está permitido hacerlo a pulmón libre (sin tanques de oxígeno) y con un arpón de liga o resorte. No vale usar otro tipo de arpón o equipo. Para usar cualquier otra herramienta de pesca, como redes o trampas, necesitas un permiso especial de la Secretaría. Sin ese permiso, no puedes usarlas.

Texto oficial

Artículo 92.- El pescador deportivo sólo podrá utilizar caña o línea con anzuelo, con carnada o señuelo, sin perjuicio de que pueda disponer del número de repuestos que autorice la Secretaría. La práctica de la pesca deportivo-recreativa subacuática, únicamente se permitirá buceando a pulmón, con arpón de liga o resorte. Cualquier otro tipo de arte de pesca, requerirá autorización expresa de la Secretaría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.