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Artículo 92 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres trabajador del gobierno estatal o municipal, puedes sacar dinero de tus subcuentas de ahorro (como el fondo de previsión social o aportaciones extra para tu retiro). Para hacerlo, debes seguir lo que diga la ley de tu estado, el reglamento del sistema de seguridad social que te toque, o el contrato o acuerdo que originó esos ahorros.

Texto oficial

ARTÍCULO 92. Los Trabajadores Estatales o Municipales, tendrán derecho a realizar retiros de las subcuentas de Fondos de Previsión Social y de aportaciones complementarias de retiro en los términos que establezca la legislación local aplicable, el reglamento del sistema de seguridad social que corresponda, o el acto jurídico que dé origen al depósito de los recursos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 30) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.