Artículo 11 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las empresas que manejan la electricidad (las de transmisión y distribución) tienen que entregar cada tres meses un reporte detallado al gobierno, a la Comisión Nacional de Energía y al Centro Nacional de Control de Energía. En ese reporte deben explicar cómo van los proyectos de ampliar y modernizar la red eléctrica nacional, incluyendo cualquier cosa que pueda retrasar las licitaciones, el desarrollo o la fecha en que empiecen a funcionar. El objetivo es que las autoridades puedan tomar cartas en el asunto para que los proyectos se hagan bien y a tiempo. El reporte se debe entregar dentro de los 10 días hábiles después de que termine cada trimestre, y el gobierno debe publicar una versión para todo público a más tardar 10 días hábiles después de recibirlo. Además, deben considerar proyectos de años anteriores y obras que ya estén en marcha.
Texto oficial
Artículo 11. La Transportista y la Distribuidora están obligadas a entregar a la Secretaría, a la CNE y al CENACE, un informe trimestral pormenorizado sobre el estado y los avances en los proyectos instruidos de ampliación y modernización de la Red Nacional de Transmisión y las Redes Generales de Distribución, que incluya los factores que pueden ocasionar retrasos en la licitación, su desarrollo o fecha de entrada en operación. Lo anterior, a efecto de que la Secretaría o la CNE, en el ámbito de sus facultades, establezcan las acciones pertinentes para el desarrollo apropiado y cumplimiento de la fecha de entrada en operación comercial de dichos proyectos. El informe debe entregarse dentro del plazo de diez días hábiles posteriores al cierre de cada trimestre y la Secretaría debe publicar la versión pública de dicho informe, a más tardar diez días hábiles siguientes a su recepción; además, debe tomar en cuenta el estado que guardan los proyectos contenidos en los programas de ampliación y modernización de la Red Nacional de Transmisión y de las Redes Generales de Distribución instruidos en años previos, así como las obras e inversiones que se encuentren en ejecución.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.