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Artículo 17 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que las reglas técnicas para la electricidad deben estar alineadas con lo que quiere la Secretaría de Energía: que el sistema eléctrico sea accesible, de buena calidad, confiable, continuo, eficiente, seguro y sostenible, y que además ayude a crecer el sector eléctrico del país. Esas reglas las tiene que aprobar la Secretaría, pero siempre en coordinación con la Comisión Nacional de Energía (CNE), que es la que también supervisa estos temas. En resumen, no pueden hacerse a lo loco, sino pensando en que la electricidad llegue bien a todos.

Texto oficial

Artículo 17. Las Especificaciones Técnicas a que se refieren el artículo 11, fracción XXIII y el artículo 153, párrafo cuarto de la Ley, deben ser congruentes con los objetivos de la Secretaría en materia de Accesibilidad, Calidad, Confiabilidad, Continuidad, Eficiencia, Seguridad y Sostenibilidad del Sistema Eléctrico Nacional y de fomento del sector eléctrico nacional. La aprobación de dichas especificaciones por parte de la Secretaría se debe realizar en coordinación con la CNE. Capítulo IV De los Permisos y Autorizaciones

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

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