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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LSE/172
Ley
REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico
Artículo
172

Artículo 172 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tu sistema eléctrico pequeño, como una micro-red, genera menos de 0.7 megawatts (MW) en total, no necesitas pedir un permiso especial para generar electricidad. Esto aplica solo cuando la suma de toda la energía que puede producir tu instalación sea igual o menor a esa cantidad. En otras palabras, si no pasas de los 0.7 MW, la ley te deja operar sin ese trámite.

Texto oficial

Artículo 172. Cuando la capacidad total de generación del pequeño sistema eléctrico en régimen de micro-red sea igual o menor a 0.7 MW está exenta de permiso de generación.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico (pág. 38) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.