Artículo 260 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Todas las instalaciones de energía eléctrica, como plantas, cables y aparatos, deben seguir las reglas oficiales mexicanas para que funcionen bien y seguras. La Secretaría de Energía o la Comisión Nacional de Energía pueden revisar que se cumplan, y para eso pueden pedir ayuda a expertos externos aprobados. Estos expertos deben estar certificados según las normas oficiales. Las reglas para las inspecciones las define la Comisión o la Secretaría, dependiendo del caso. En resumen, todo tiene que estar supervisado y aprobado por las autoridades correspondientes.
Texto oficial
Artículo 260. Todas las instalaciones destinadas a la generación, almacenamiento, transporte y uso de energía eléctrica deben cumplir con las normas oficiales mexicanas, normas mexicanas, las características específicas de la infraestructura requeridas para la interconexión o conexión, los criterios de Calidad, Confiabilidad, Continuidad, Eficiencia, Seguridad y Sostenibilidad para su operación, según corresponda, así como la demás normatividad aplicable. La Secretaría o la CNE, según corresponda, pueden inspeccionar el cumplimiento de los citados ordenamientos, a través de terceras personas especialistas, unidades de inspección y verificación para la interconexión y conexión, organismos de evaluación de la conformidad o cualquier otro, acreditados y aprobados en los términos previstos en la normatividad aplicable expedida por la Secretaría o la CNE, según corresponda. Para el caso de normas oficiales mexicanas o cualquier otra relacionada con la evaluación de la conformidad, los procedimientos se deben regir por la ley en la materia. Para efectos de las unidades de inspección aprobadas, a las que se refieren los artículos 26, fracción III y 48, fracción IV de la Ley, la CNE debe emitir las disposiciones administrativas de carácter general que determinen las bases normativas para su autorización en coordinación con la Secretaría. Cuando se trate de las unidades de REGLAMENTO DE LA LEY DEL SECTOR ELÉCTRICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 03-10-2025 58 de 71 inspección a que se refiere el artículo 48, fracción V de la Ley, así como el artículo 264 del presente reglamento, es la Secretaría quien debe emitir los términos para la aprobación de las unidades de inspección.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.