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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LSE/267
Ley
REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico
Artículo
267

Artículo 267 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría puede pedir ayuda a una empresa del gobierno o a cualquier institución federal para llevar a cabo una intervención o una requisa (que es cuando el gobierno toma control de algo). También puede hacer acuerdos de colaboración con autoridades locales, estatales o federales para que todo funcione mejor.

Texto oficial

Artículo 267. Para todos los actos relacionados con la intervención o la requisa, la Secretaría puede coordinarse con la Empresa Pública del Estado o cualquier institución de la Administración Pública Federal, así como suscribir convenios de colaboración y coordinación con autoridades de cualquiera de los tres órdenes de gobierno que resulten necesarios.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico (pág. 59) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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