Artículo 267 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría puede pedir ayuda a una empresa del gobierno o a cualquier institución federal para llevar a cabo una intervención o una requisa (que es cuando el gobierno toma control de algo). También puede hacer acuerdos de colaboración con autoridades locales, estatales o federales para que todo funcione mejor.
Texto oficial
Artículo 267. Para todos los actos relacionados con la intervención o la requisa, la Secretaría puede coordinarse con la Empresa Pública del Estado o cualquier institución de la Administración Pública Federal, así como suscribir convenios de colaboración y coordinación con autoridades de cualquiera de los tres órdenes de gobierno que resulten necesarios.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.