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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LSE/28
Ley
REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico
Artículo
28

Artículo 28 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría y la Comisión Nacional de Energía (CNE) pueden usar trámites más rápidos y fáciles para dar permisos de generación o almacenamiento de electricidad. Esto aplica solo para Proyectos Estratégicos o proyectos que ayuden a proteger el Sistema Eléctrico Nacional y el Mercado Eléctrico Mayorista, que son como la red y el mercado donde se compra y vende energía en México.

Texto oficial

Artículo 28. La Secretaría y la CNE pueden implementar procedimientos simplificados para el otorgamiento de permisos de generación o almacenamiento de energía eléctrica para Proyectos Estratégicos y aquellos necesarios para salvaguardar la integridad del Sistema Eléctrico Nacional y del Mercado Eléctrico Mayorista.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico (pág. 12) ↗

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