Artículo 30 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Energía y la Comisión Nacional de Energía (CNE) solo pueden darte permisos o autorizaciones si revisan primero los planes oficiales de energía del país. También deben asegurarse de que cumplas con las reglas generales que la Secretaría publique y que sean obligatorias para todos. En pocas palabras, no te darán ningún permiso si no está dentro de lo que ya tienen planeado y si no sigues las normas que aplican para todos.
Texto oficial
Artículo 30. La Secretaría y la CNE, para el otorgamiento de permisos y autorizaciones, en el ámbito de sus competencias, deben considerar lo establecido en los instrumentos de planeación del sector energético aplicables y el cumplimiento de las disposiciones administrativas de carácter general para la planeación vinculante que expida la Secretaría.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.