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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LSE/300
Ley
REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico
Artículo
300

Artículo 300 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría puede hacer acuerdos o convenios con distintas dependencias de gobierno, organismos internacionales, organizaciones no gubernamentales y escuelas o universidades, tanto de México como de otros países. El objetivo es capacitar y formar personas, compartir prácticas efectivas y crear estándares de calidad que ayuden a mejorar el sector eléctrico y lograr la Justicia Energética (que todos tengan acceso a la energía de manera justa).

Texto oficial

Artículo 300. La Secretaría puede suscribir convenios y acuerdos con las dependencias de la Administración Pública Federal, organismos internacionales, organismos no gubernamentales, así como con instituciones académicas nacionales e internacionales, para la capacitación y formación de recursos humanos, y el desarrollo de mejores prácticas y estándares de competencia, que coadyuven al fortalecimiento del sector eléctrico y la Justicia Energética. TÍTULO DÉCIMO SEGUNDO DE LAS SANCIONES Capítulo Único Disposiciones Generales

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico (pág. 64) ↗

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