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Artículo 300 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría puede hacer acuerdos o convenios con distintas dependencias de gobierno, organismos internacionales, organizaciones no gubernamentales y escuelas o universidades, tanto de México como de otros países. El objetivo es capacitar y formar personas, compartir prácticas efectivas y crear estándares de calidad que ayuden a mejorar el sector eléctrico y lograr la Justicia Energética (que todos tengan acceso a la energía de manera justa).

Texto oficial

Artículo 300. La Secretaría puede suscribir convenios y acuerdos con las dependencias de la Administración Pública Federal, organismos internacionales, organismos no gubernamentales, así como con instituciones académicas nacionales e internacionales, para la capacitación y formación de recursos humanos, y el desarrollo de mejores prácticas y estándares de competencia, que coadyuven al fortalecimiento del sector eléctrico y la Justicia Energética. TÍTULO DÉCIMO SEGUNDO DE LAS SANCIONES Capítulo Único Disposiciones Generales

Ver ley oficial en el DOF (pág. 64) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.