Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 44 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría tiene que crear reglas claras para manejar el dinero del Fondo: cómo se reparte, quién lo usa y cómo se revisa. Todo debe ser público, así que la gente puede ver qué proyectos reciben financiamiento, por qué los eligieron y qué beneficios traen a las comunidades. También deben mostrar si realmente se está logrando lo que promete la Justicia Energética (que es cuidar que todos tengan acceso justo a la energía). En pocas palabras, ya no habrá dinero escondido ni decisiones a escondidas; todo se tiene que transparentar para que cualquier persona pueda checar cómo se gasta.

Texto oficial

Artículo 44. La Secretaría debe establecer los procedimientos para la administración, asignación, ejercicio y fiscalización de los recursos del Fondo, en los que se debe garantizar la publicidad de los proyectos financiados, los criterios de selección y los indicadores de impacto en las comunidades, y de atención a los objetivos de Justicia Energética alcanzados.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.