Artículo 44 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría tiene que crear reglas claras para manejar el dinero del Fondo: cómo se reparte, quién lo usa y cómo se revisa. Todo debe ser público, así que la gente puede ver qué proyectos reciben financiamiento, por qué los eligieron y qué beneficios traen a las comunidades. También deben mostrar si realmente se está logrando lo que promete la Justicia Energética (que es cuidar que todos tengan acceso justo a la energía). En pocas palabras, ya no habrá dinero escondido ni decisiones a escondidas; todo se tiene que transparentar para que cualquier persona pueda checar cómo se gasta.
Texto oficial
Artículo 44. La Secretaría debe establecer los procedimientos para la administración, asignación, ejercicio y fiscalización de los recursos del Fondo, en los que se debe garantizar la publicidad de los proyectos financiados, los criterios de selección y los indicadores de impacto en las comunidades, y de atención a los objetivos de Justicia Energética alcanzados.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.