Artículo 92 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla sobre dos tipos de permisos para generar electricidad. Para las empresas que generan electricidad y además producen otro tipo de energía útil, como vapor (cogeneración), las reglas deben especificar cuándo están obligadas a enviar su energía a la red eléctrica. Para los permisos de autoconsumo, que son para producir tu propia electricidad y vender la que te sobra, las condiciones para obligarlos a enviar esa energía dependen de lo que decida el CENACE (el organismo que controla el sistema eléctrico). El CENACE se basa en criterios de confiabilidad, que son las reglas para asegurar que no falle el suministro de luz en todo el país. Todo esto lo hace siguiendo lo que dice otro artículo de este mismo reglamento.
Texto oficial
Artículo 92. Las Reglas de Mercado deben determinar y establecer las reglas de despacho obligado para las Centrales Eléctricas con permiso de generación de energía eléctrica para el Mercado Eléctrico Mayorista en modalidad de cogeneración. Los términos de despacho obligado y volúmenes de inyección de excedentes para los permisos de generación de energía eléctrica modalidad autoconsumo se sujetan a los criterios de Confiabilidad determinados por el CENACE en términos del artículo 61 del presente reglamento. REGLAMENTO DE LA LEY DEL SECTOR ELÉCTRICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 03-10-2025 23 de 71 TÍTULO CUARTO DE LA TRANSMISIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA, DEL SUMINISTRO ELÉCTRICO Y LAS TARIFAS ELÉCTRICAS Capítulo I De la Transmisión y Distribución
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