Artículo 83 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada de relaciones exteriores) va a crear sus propias reglas internas para cómo se hacen los documentos que tramitan los consulados (como pasaportes, visas, actas de nacimiento o matrimonio) y para todas las labores que hacen los cónsules, como jueces del Registro Civil o notarios. Los empleados de los consulados deben seguir esas reglas al pie de la letra, y además asegurarse de que todos los trabajadores -tanto los diplomáticos como el personal local- las conozcan y las estudien. Los jefes de cada consulado tienen la obligación de tener a la mano, para que todo el equipo las consulte, las guías, manuales, instructivos y circulares sobre cómo hacer estos trámites. Si esos documentos se pierden, el jefe del consulado debe pedirle a la Secretaría que le mande otros nuevos. Por último, los funcionarios consulares deben mantenerse al día tomando cursos de capacitación, sobre todo en todo lo relacionado con los servicios que ofrecen a los mexicanos.
Texto oficial
ARTÍCULO 83.- La Secretaría emitirá las disposiciones normativas internas que regulen la expedición de documentos consulares y migratorios y para el desarrollo de las funciones de Juez del Registro Civil, notariales y demás que correspondan a la función consular. Los servidores públicos de las Oficinas Consulares ajustarán la prestación de los servicios consulares a dichas disposiciones y serán responsables de que los Miembros del Servicio Exterior y los empleados locales los conozcan y estudien. Párrafo reformado DOF 02-11-2018 Además, los titulares de las Oficinas Consulares serán responsables de que en las mismas existan, para consulta del personal, los manuales, instructivos, colecciones de circulares y demás instrumentos normativos de las funciones consulares y los relativos a la expedición de documentos migratorios, de protección, de rendición de informes a la Secretaría, y en general del funcionamiento de la Oficina Consular. En caso de que dichos documentos se hubieren extraviado, el titular de la Oficina Consular deberá solicitar a la Secretaría su reposición. Los Funcionarios Consulares se mantendrán actualizados a través de la capacitación señalada en el artículo 126 de este Reglamento, en particular en aquellos temas relativos a los servicios consulares.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.