Artículo 126 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada permiso para transportar gas o petróleo por tubería solo sirve para un sistema y una ruta específicos en México, con una capacidad definida. Si el transporte se hace por camión, barco u otro medio diferente a tubería, el permiso aplica para cualquier destino dentro del país. Los dueños de permisos de transporte por medios que no son tubería no pueden dar servicio a otros permisionarios parecidos, ni permitir que una tercera persona mueva el gas por ellos. En cambio, quienes transportan por tubería sí están obligados a dejar que otras empresas usen sus tuberías, siempre sin favoritismos ni discriminación injusta, como lo marca la ley.
Texto oficial
Artículo 126. Cada permiso de Transporte por medio de Ductos debe ser otorgado para un Sistema y Trayecto específicos en territorio nacional y una capacidad determinada y deben quedar contenidos en el título de permiso que expida la Secretaría o la Comisión. El Transporte por medios distintos a Ductos se debe otorgar para cualquier destino del territorio nacional y deben quedar contenidos en el título de permiso que expida la Secretaría o la Comisión, conforme a la Normatividad que se emita, la cual debe considerar, entre otros aspectos, las características del proyecto y los compromisos de inversión que vaya a realizar la persona Permisionaria. Las personas Permisionarias de Transporte de Gas Natural por medios distintos a Ductos no pueden prestar servicios a otras personas Permisionarias de Transporte o Distribución por medios distintos a Ductos, ni permitir el traslado del Gas Natural por una tercera persona distinta a la persona Permisionaria. Las personas Permisionarias de Transporte por medio de Ductos están obligadas a dar Acceso Abierto No Indebidamente Discriminatorio a sus Sistemas y a prestar a terceras personas los servicios de Transporte, conforme a lo previsto en la Ley y el presente reglamento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.