Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 18 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría tiene que darte una respuesta sobre si te dan la Asignación para Desarrollo Propio en un máximo de 60 días hábiles (sin contar fines de semana ni días festivos) después de que acepten tu solicitud o Petróleos Mexicanos dé el visto bueno. Si se trata de una Asignación para Desarrollo Mixto, el plazo se extiende a 90 días hábiles desde ese mismo momento. En ambos casos, solo cuentan los días laborales, no todos los del calendario.

Texto oficial

Artículo 18. La Secretaría debe resolver sobre el otorgamiento de la Asignación para Desarrollo Propio, dentro de los sesenta días hábiles siguientes a partir de la admisión de la solicitud o manifestación de aceptación por Petróleos Mexicanos. Para el caso de las Asignaciones para Desarrollo Mixto, la Secretaría debe resolver dentro de los noventa días hábiles siguientes a partir de la admisión de la solicitud o manifestación de aceptación por Petróleos Mexicanos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.