Artículo 186 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres aprobar o publicar cuotas, precios o tarifas de servicios regulados, tienes que pedirlo a la Secretaría o a la Comisión usando el formato oficial. En tu solicitud debes incluir mínimo tres cosas: primero, comprobar que pagaste los derechos o aprovechamientos (como impuestos por el trámite); segundo, entregar un plan de negocios en el formato que te pidan, que cumpla con las reglas de contabilidad para esa actividad; y tercero, presentar el modelo que usaste para calcular esas cuotas, precios o tarifas.
Texto oficial
Artículo 186. Para la aprobación y expedición de las contraprestaciones, precios y tarifas de las actividades reguladas, las personas interesadas deben presentar a la Secretaría o a la Comisión, la solicitud correspondiente en el formato habilitado, que debe incluir como mínimo los siguientes requisitos: I. Acreditar el pago de derechos o aprovechamientos; II. El Plan de negocios conforme a los formatos solicitados por la Secretaría o la Comisión mismos que deben de cumplir con la Contabilidad Regulatoria aplicable para la actividad, y III. El Modelo de cálculo de las contraprestaciones, precios y tarifas según corresponda.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.