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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LSH/186
Ley
REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
Artículo
186

Artículo 186 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres aprobar o publicar cuotas, precios o tarifas de servicios regulados, tienes que pedirlo a la Secretaría o a la Comisión usando el formato oficial. En tu solicitud debes incluir mínimo tres cosas: primero, comprobar que pagaste los derechos o aprovechamientos (como impuestos por el trámite); segundo, entregar un plan de negocios en el formato que te pidan, que cumpla con las reglas de contabilidad para esa actividad; y tercero, presentar el modelo que usaste para calcular esas cuotas, precios o tarifas.

Texto oficial

Artículo 186. Para la aprobación y expedición de las contraprestaciones, precios y tarifas de las actividades reguladas, las personas interesadas deben presentar a la Secretaría o a la Comisión, la solicitud correspondiente en el formato habilitado, que debe incluir como mínimo los siguientes requisitos: I. Acreditar el pago de derechos o aprovechamientos; II. El Plan de negocios conforme a los formatos solicitados por la Secretaría o la Comisión mismos que deben de cumplir con la Contabilidad Regulatoria aplicable para la actividad, y III. El Modelo de cálculo de las contraprestaciones, precios y tarifas según corresponda.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos (pág. 54) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.