- Ley
- REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
- Artículo
- 228
Artículo 228 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres desarrollar un proyecto de la Industria de Hidrocarburos (como sacar petróleo o gas), tienes que entregar a la Secretaría de Energía un documento llamado Manifestación de Impacto Social. Ese documento explica cómo tu proyecto va a afectar a las comunidades cercanas, y está basado en el artículo 152 de la Ley. La Secretaría tiene que definir, en reglas oficiales, cómo debe ser ese documento, qué información debe contener y de qué maneras se puede presentar.
Texto oficial
Artículo 228. Las personas Asignatarias, Contratistas o las personas interesadas en obtener un permiso o una autorización para desarrollar proyectos de la Industria de Hidrocarburos deben presentar a la Secretaría, la Manifestación de Impacto Social del Sector Energético a que se refiere el artículo 152 de la Ley. La Secretaría debe establecer los contenidos específicos, características y las modalidades de las Manifestaciones de Impacto Social del Sector Energético, en la Normatividad que para tal efecto emita.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.