Artículo 259 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Energía tiene que dar su opinión sobre unas estrategias que le propone la Secretaría de Economía para apoyar la industria petrolera y las cadenas productivas locales. Eso lo debe hacer dentro de los 20 días hábiles después de recibir la propuesta. Los días hábiles son de lunes a viernes, sin contar fines de semana ni días festivos. Así que, si la Secretaría de Economía entrega su propuesta, la otra dependencia tiene como un mes para responder.
Texto oficial
Artículo 259. La Secretaría debe emitir la opinión a la que se refiere el artículo 161, primer párrafo de la Ley, en un plazo de veinte días hábiles posteriores a la recepción de la propuesta de las estrategias para el fomento industrial de Cadenas Productivas locales y para el fomento de la inversión directa en la Industria de Hidrocarburos que al efecto proponga la Secretaría de Economía.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.