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Artículo 279 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 297 dice que los pedidos de información que haga la Secretaría o la Comisión son adicionales a otros que ya puedan hacer, y no significan que te estén auditando o revisando formalmente. Si ese pedido es parte de una investigación (o "verificación"), te tienen que mandar un oficio donde diga claramente que es el inicio de ese proceso. También deben explicarte para qué quieren la información, qué datos necesitan, cómo entregarlos y en qué plazo, que no puede ser menor a 5 días hábiles ni mayor a 15. Si te piden que vayas a una cita (comparecencia), en el oficio debe venir la fecha, hora y lugar.

Texto oficial

Artículo 279. Los requerimientos de información previstos en el presente Capítulo son independientes de otros requerimientos que realice la Secretaría o la Comisión en el ejercicio de sus atribuciones, mismos que no implican el inicio, substanciación y resolución de un procedimiento de verificación. Cuando se trate de un requerimiento tramitado conforme a las reglas y procedimiento previsto en este Capítulo, la Secretaría o la Comisión, según corresponda, deben emitir oficio en el que se señale de manera expresa que se trata del inicio de un procedimiento de verificación mediante requerimiento o comparecencia, tramitado conforme a lo previsto en este Capítulo, precisar el objeto, alcance y la modalidad en la que debe ser entregada la información, los REGLAMENTO DE LA LEY DEL SECTOR HIDROCARBUROS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 03-10-2025 74 de 88 informes, el acceso a bases de datos, así como el plazo para su atención, el cual no puede ser menor a cinco días hábiles ni mayor a quince días hábiles. Al tratarse de comparecencias se debe de indicar la fecha, hora y lugar de su celebración.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 73) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.