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Ley
REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
Artículo
47

Artículo 47 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando se hace una licitación (que es como una competencia entre empresas para ganar un contrato), la invitación oficial debe incluir cinco cosas. Primero, el nombre del área o zona que se va a explotar. Segundo, las reglas técnicas y los detalles que se deben cumplir. Tercero, las condiciones económicas, como impuestos y pagos, que pone la Secretaría de Hacienda. Por último, debe incluir la opinión de la autoridad que vigila que haya competencia justa entre las empresas.

Texto oficial

Artículo 47. La convocatoria de cada proceso de licitación debe contener lo siguiente: I. La identificación del Área Contractual a ser licitada; II. Los Términos y Condiciones Técnicos; III. Los Lineamientos Técnicos; IV. Las condiciones económicas relativas a los términos fiscales de los Contratos para la Exploración y Extracción, así como aquellas que deban observarse en el proceso de licitación, que establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público conforme a la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos y su reglamento, y V. La opinión que emita la autoridad competente en materia de competencia económica en términos del artículo 51, fracción III de la Ley.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos (pág. 16) ↗

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