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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LSH/56
Ley
REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
Artículo
56

Artículo 56 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría tiene que publicar las reglas para que puedas usar los medios electrónicos que menciona el artículo 50 de la Ley. Esto significa que deben decirte cómo funciona el sistema digital. Las reglas se llaman "normatividad" y son como un manual para hacer trámites en línea.

Texto oficial

Artículo 56. La Secretaría debe emitir la Normatividad para habilitar los medios electrónicos a que se refiere el artículo 50, párrafo quinto de la Ley.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos (pág. 19) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.