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Ley
REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
Artículo
6

Artículo 6 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que varias secretarías y agencias del gobierno son las encargadas de aplicar este reglamento en sus respectivas áreas. Cuando el reglamento no diga cómo manejar algún trámite o procedimiento administrativo, se usará como apoyo la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, que es como un manual general para estos casos.

Texto oficial

Artículo 6. La interpretación y aplicación del presente reglamento para efectos administrativos corresponde, en el ámbito de sus atribuciones, a la Secretaría, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de Economía, a la Comisión y a la Agencia. En lo no previsto en el presente reglamento o la Normatividad que emitan la Secretaría o la Comisión en materia de actos, procedimientos y resoluciones administrativas de su competencia, es aplicable de manera supletoria la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. TÍTULO SEGUNDO DEL RECONOCIMIENTO Y EXPLORACIÓN SUPERFICIAL Y DE LA EXPLORACIÓN Y EXTRACCIÓN DE HIDROCARBUROS Capítulo I Del Reconocimiento y Exploración Superficial

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos (pág. 5) ↗

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