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Ley
REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
Artículo
67

Artículo 67 del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría te tiene que responder si aprueba o no tu solicitud de adjudicación directa en un máximo de 20 días hábiles (que son los días que no son sábado, domingo ni días festivos), contados desde que aceptaron tu trámite. Además, te avisará que va a empezar a definir cómo será el contrato, las reglas técnicas y los costos fiscales que aplicarían para tu caso. Si no te responden en ese tiempo, ya te están incumpliendo el plazo que marca la ley.

Texto oficial

Artículo 67. La Secretaría debe resolver la solicitud de adjudicación directa, para lo cual debe notificar a la persona concesionaria minera la resolución sobre la procedencia de su solicitud en un plazo de veinte días hábiles contados a partir de la admisión de la misma y sobre el inicio del proceso para definir el Modelo de Contratación, los Términos y Condiciones Técnicos y las condiciones económicas relativas a los términos fiscales.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos (pág. 20) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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