Artículo 113 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los oficiales de las Reservas tienen que estar en la primera etapa hasta los 36 años, y en la segunda hasta los 50. Los sargentos y cabos cumplen en la primera hasta los 33 años y en la segunda hasta los 45. Los reservistas sin rango militar (los que no son jefes ni oficiales) están en la primera hasta los 30 y en la segunda hasta los 40. Aquí “primera” y “segunda” se refieren a dos grupos o fases distintas dentro de las Reservas militares.
Texto oficial
ARTICULO 113.- Los oficiales de las Reservas servirán en la 1ª hasta los 36 años de edad y en la 2ª hasta los 50. Los Sargentos y Cabos de las Reservas servirán en la 1ª hasta los 33 años de edad y en la 2ª hasta los 45. Los reservistas que no tengan jerarquía militar servirán en la 1ª hasta los 30 años de edad y en la 2ª hasta los 40.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.