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Artículo 116 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los reservistas son personas que ya cumplieron su servicio militar obligatorio o que están en la reserva del Ejército. En tiempo de paz, no pueden subir de rango más allá de Capitán 1°, a menos que haya una excepción (esa excepción está en el artículo 115). Eso significa que durante tiempos normales, sin guerra de por medio, no pueden llegar a ser comandantes o generales.

Texto oficial

ARTICULO 116.- Salvo lo dispuesto en el articulo anterior los reservistas no podrán alcanzar en tiempo de paz una jerarquía superior a la de Capitán 1°.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.