Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LSM_060647/116
Ley
REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Artículo
116

Artículo 116 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los reservistas son personas que ya cumplieron su servicio militar obligatorio o que están en la reserva del Ejército. En tiempo de paz, no pueden subir de rango más allá de Capitán 1°, a menos que haya una excepción (esa excepción está en el artículo 115). Eso significa que durante tiempos normales, sin guerra de por medio, no pueden llegar a ser comandantes o generales.

Texto oficial

ARTICULO 116.- Salvo lo dispuesto en el articulo anterior los reservistas no podrán alcanzar en tiempo de paz una jerarquía superior a la de Capitán 1°.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar (pág. 15) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.