Artículo 134 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El personal de las reservas, sin importar qué tipo de entrenamiento reciba según este reglamento, tiene la obligación de seguir aprendiendo todo lo relacionado con lo militar por cualquier medio que esté a su alcance. Para facilitar eso, las Secretarías de la Defensa Nacional y de Marina van a crear manuales, guías y otros materiales que les parezcan útiles, y los van a repartir sin costo, como una herramienta para que los reservistas se sigan preparando. Básicamente, es un compromiso de mantenerse capacitados y el gobierno pone los medios gratis para que puedan hacerlo.
Texto oficial
ARTICULO 134.- El personal de las Reservas, independientemente de la instrucción que reciba, de acuerdo con las disposiciones de este Reglamento, está obligado a completar sus conocimientos militares por todos los medios posibles. Las Secretarías de la Defensa Nacional y de Marina, formularán las cartillas, instructivos, etc., que consideren útiles y que distribuirán gratuitamente como medio para conseguir el fin anterior.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.