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Artículo 160 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de la Defensa Nacional va a ser la encargada de dar las reglas sobre cómo se deben tomar y usar las huellas dactilares (las huellas de los dedos) para identificar a las personas. Su objetivo es que todas las dependencias usen el mismo sistema y que se promueva su uso en todo el país.

Texto oficial

ARTICULO 160.- La Secretaría de la Defensa Nacional dictará las disposiciones necesarias para todo lo relativo a los trabajos dactiloscópicos, a fin de fomentar y unificar el uso de tal sistema de identificación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.