- Ley
- REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
- Artículo
- 193
Artículo 193 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En la primera reunión que tenga el Cabildo (que es como el grupo de personas que gobiernan un municipio), los demás miembros van a elegir a un Regidor para que sea parte de la Junta. Eso se hace mediante una votación, y gana quien tenga más votos a favor. No se necesita que todos estén de acuerdo, solo la mayoría. Así de sencillo se asigna a esa persona.
Texto oficial
ARTICULO 193.- El Regidor miembro de la Junta será designado en la primera sesión de Cabildo por mayoría de votos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.