Artículo 25 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres mexicano y te enlistaste en el ejército, pero tienes una enfermedad o lesión que te incapacita por un tiempo, pero se puede curar en máximo dos meses desde que entraste, te declararán apto y te asignarán a una unidad activa. Si tu recuperación tarda hasta seis meses más de la fecha en que te incorporaste, te pasarán a disponibilidad, que significa que quedas como reserva sin servicio activo.
Texto oficial
ARTICULO 25.- Todo mexicano enlistado que presente un padecimiento de naturaleza médica o quirúrgica que lo inutilice temporalmente, pero que por los medios terapéuticos adecuados pueda ser recuperado en un tiempo que no exceda de dos meses de la fecha de su incorporación, será declarado útil y podrá ser encuadrado en las unidades del activo. Si el tiempo de recuperación se prolongase hasta seis meses más de la fecha de la incorporación, será pasado a disponibilidad.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.