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Artículo 64 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si vives en el extranjero y quieres pedir un aplazamiento o prórroga del servicio militar, tienes que hacer tu solicitud a través del cónsul mexicano que atienda tu zona. El cónsul va a investigar cómo te has portado y cuál es tu situación actual, y también va a dar su opinión sobre si es conveniente darte el aplazamiento o no. Básicamente, él es el intermediario entre tú y las autoridades militares.

Texto oficial

ARTICULO 64.- Los residentes en el extranjero elevarán su solicitud por conducto de los Cónsules Mexicanos de su jurisdicción, quienes informarán respecto de la situación y conducta del solicitante, REGLAMENTO DE LA LEY DEL SERICIO MILITAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 06-06-1947 10 de 38 expresando, además, su parecer sobre la conveniencia de conceder o negar el aplazamiento o su prórroga. CAPITULO VIII De los medios de comprobar el estado civil, ser sostén de familia, la profesión, la edad y la nacionalidad

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

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