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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LSM_060647/75
Ley
REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Artículo
75

Artículo 75 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando se junte el grupo de personas que van a participar en un sorteo, el Presidente de la Junta debe informarles que tienen derecho a elegir, mediante voto a mano alzada o diciendo el nombre en voz alta, a tres representantes de entre ellos mismos. El único trabajo de esos representantes es asegurarse de que el sorteo se haga de manera legal y sin trampas. Además, los representantes elegidos pueden pedir que se anoten en el acta (el documento oficial del evento) cualquier problema o queja que surja durante el sorteo.

Texto oficial

ARTICULO 75.- Reunido el contingente, el Presidente de la Junta les hará saber el derecho que les asiste para elegir por votación nominal tres representantes de entre ellos mismos y cuya única misión estribará en garantizar la legalidad del sorteo. Los elegidos, tendrán el derecho de exigir que se consignen en el acta correspondiente, los incidentes que surjan y las protestas que se formulen.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar (pág. 11) ↗

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