Artículo 103 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Los conscriptos de la Armada (quienes están cumpliendo su servicio militar en la Marina) no tienen que trabajar en los Cuerpos de Servidumbre, que son grupos de personas que hacen labores domésticas o de apoyo en instituciones militares. Es decir, si ya estás haciendo tu servicio en la Armada, no te pueden obligar a prestar servicio en otras áreas de trabajo manual o de limpieza. Esta regla te libra de tener que hacer doble chamba dentro de la misma institución.
Texto oficial
ARTICULO 103.-Los conscriptos de la Armada esta• r:;n exentos de prestar servicios en los Cuerpos de Servi• dumbre.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.