Artículo 126 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los oficiales que entrenan a las personas en las Reservas deben fijarse bien en cómo trabajan y se comportan los que están bajo su mando. Después de estudiar esto a fondo, le van a avisar a sus jefes quiénes, según ellos, merecen un ascenso. Es como si el instructor hiciera un reporte sobre los mejores candidatos para subir de puesto, basándose en lo que ha visto de ellos.
Texto oficial
ARTICULO 126.-Los Oficiales instructores de las Reservas realizarán estudios acuciosos de la capacidad y conducta del personal que instruyan para informar a la superioridad acerca de quienes, a su juicio, merecen ser ascendidos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.