- Ley
- REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
- Artículo
- 139
Artículo 139 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si te llaman al servicio militar por una convocatoria y no te presentas sin una razón válida, te van a castigar. Ese castigo será el mismo que dice el artículo 61 de la Ley del Servicio Militar. En otras palabras, si eres reservista y no justificas tu falta, te aplican una sanción legal.
Texto oficial
ARTICULO 139.-El reservista que perteneciendo a alguna de las clases llamadas por convocatoria expedi• da no se presentase sin causa debidamente justificada será castigado de acuerdo con lo prevenido en el artícu• lo 61 de la Ley del Servicio Militar.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.