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Ley
REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Artículo
18

Artículo 18 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando te registras en las juntas municipales de reclutamiento o en los consulados, inmediatamente después preparan tres documentos. El primero es tu cartilla de identificación, que te entregan a ti. También hacen dos copias de tus huellas digitales (cédulas dactiloscópicas): una la mandan al Departamento de Identificación y la otra se queda en la junta, después de clasificar las huellas. Por último, hacen dos tarjetas índice con tus datos, que se reparten igual que las huellas. Estas tarjetas y las cédulas tienen formatos específicos, llamados modelo número 2 y número 3.

Texto oficial

ARTICULO 18.-Una vez hecha la inscripción ante las juntas municipales de reclutamiento o consulados y como su consecuencia inmediata, se formarán en diehas oficinas los . sigui en tes documentos: l.-Cartilla de identificación que se entregará al in• tEresado. n.-Dos cédulas dactiloscópicas; una se enviará al Departamento de Identificación y la otra la conservará la Junta Municipal de Reclutamiento, despué3 de que se haga la clasificación de las huellas. La cédula tendrá la forma modelo número 2. IH.-Dos tarjetas índices que se distribuirán como menciona la fracción anterior y tendrán la forma modelo número 3.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar (pág. 2) ↗

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