Artículo 189 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si hay tanto trabajo que el médico militar de tu cuartel no puede solo, el jefe del sector le pide ayuda a un médico civil (un doctor que no es del ejército). Este médico civil debe seguir las reglas del artículo 48 de la Ley del Servicio Militar, que dice cómo colaborar. En pocas palabras: si se necesita más personal de salud, se puede llamar a un médico de fuera para que ayude al militar.
Texto oficial
ARTICULO 189.-Cuando el volumen del trabajo (',,"iia mayor personal médico que el mencionado en el ar• t~culo anterior, el Jefe del Se'"tor ordenará que un mé• aico civH ayude al mérlic') militar, de conformidad con lo prevenido en el artículo 48 de la Ley del Servicio Militar.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.