Artículo 53 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si por alguna razón muy grave (como una enfermedad o accidente) que esté bien comprobada los alumnos no terminan su carrera dentro del tiempo extra que ya les dieron, se les puede dar un nuevo plazo más corto. Ese nuevo plazo no puede durar más de la mitad del tiempo que pasó desde que les dieron el primer permiso hasta la fecha en que originalmente debían haber terminado la carrera.
Texto oficial
ARTICULO 53.-Si por causas de fuerza mayor, de• bidamente comprobadas, los estudiantes no concluyerel! su carrera al término del aplazamiento, se podrá con• ceder una prórroga por el tiempo estrictamente nece• sario para que la terminen y cuya duración no será mayor de la mitad del lapso comprendido entre la con· cesión del aplazamiento y la fecha en que normalmente debió concluirse la carrera profesional.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.