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Artículo 84 del REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 84 dice que la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) es la que decide cada año, en las convocatorias para el sorteo del servicio militar, cuántos jóvenes deben presentarse y en qué fechas, siguiendo lo que marca el artículo 91. El artículo 85 explica que si un joven que ya fue sorteado está en la cárcel antes de la fecha en que debe presentarse al servicio militar, su incorporación se retrasa automáticamente. La autoridad militar le avisará al director de la prisión para que, cuando el joven termine su condena o quede libre, lo envíe directamente a la unidad militar más cercana. Así, el joven no pierde su obligación de cumplir el servicio, solo se pospone.

Texto oficial

ARTICULO 84.-La Secretaría de la Defensa Nacio• nal fijará anualmente en las convocatorias para el sorteo de acuerdo con lo prevenido en el artículo 91), el número d~ conscriptos que debe incorporarse en cada una de las fechas que fija el artículo anterior_ ARTIGULO 85.-Los conscriptos que sean reducidos a prisión antes de la fecha señalada para su incorporación a las unidades del activo, serán aplazados de oficio, co• municándose esta decisión al alcaide de la prisión en que se hallen rec1uídos a fin de que cuando hayan compurgado su condena o sean puestos en libertad, dicho funcionario los remita a la autoridad militar más inmediata.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

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