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Ley
REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización
Artículo
187

Artículo 187 del REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te ponen una multa por no pagar un impuesto, esa multa se suma a lo que ya debías, no lo reemplaza. O sea, el dinero que no pagaste a tiempo y sus recargos los tienes que cubrir igual, aparte de la multa. No puedes pensar que pagando la multa ya quedas a mano; te toca pagar todo junto.

Texto oficial

Artículo 187. La aplicación de las multas es independiente del cobro del crédito fiscal omitido, así como de sus accesorios legales.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (pág. 52) ↗

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