- Ley
- REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización
- Artículo
- 187
Artículo 187 del REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si te ponen una multa por no pagar un impuesto, esa multa se suma a lo que ya debías, no lo reemplaza. O sea, el dinero que no pagaste a tiempo y sus recargos los tienes que cubrir igual, aparte de la multa. No puedes pensar que pagando la multa ya quedas a mano; te toca pagar todo junto.
Texto oficial
Artículo 187. La aplicación de las multas es independiente del cobro del crédito fiscal omitido, así como de sus accesorios legales.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.