Artículo 187 del REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Si te ponen una multa por no pagar un impuesto, esa multa se suma a lo que ya debías, no lo reemplaza. O sea, el dinero que no pagaste a tiempo y sus recargos los tienes que cubrir igual, aparte de la multa. No puedes pensar que pagando la multa ya quedas a mano; te toca pagar todo junto.
Texto oficial
Artículo 187. La aplicación de las multas es independiente del cobro del crédito fiscal omitido, así como de sus accesorios legales.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.