Artículo 54 del REGLAMENTO de la Ley de Tesorería de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Tesorería (la dependencia que maneja el dinero público) puede pagar deudas de otra persona, solo si esa persona le dejó un depósito de dinero, como dice el artículo 29 de la Ley. Esto lo hace a nombre de ese tercero (la persona que dejó el depósito) y solo si hay lana suficiente en ese depósito para cubrir lo que se debe. En corto, es como si la Tesorería actuara como tu cartera: si tienes varo guardado con ellos, pueden pagar tus cuentas por ti. Pero ojo, solo pueden hacerlo si tú les diste permiso al hacer el depósito y hay dinero disponible.
Texto oficial
Artículo 54. La Tesorería podrá realizar la función de pago para cubrir, por cuenta y orden de terceros que constituyan depósitos a que se refiere el artículo 29 de la Ley, las obligaciones que les corresponda cumplir, siempre y cuando existan recursos suficientes de dichos terceros para tal fin.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.