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Artículo 92 del REGLAMENTO de la Ley de Tesorería de la Federación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando los inspectores de tesorería vayan a hacer una revisión o vigilancia, deben levantar un acta (un documento oficial) para que quede constancia de que se identificaron correctamente. En esa acta tienen que anotar tres cosas: primero, el nombre completo del inspector, junto con el número, la fecha de caducidad y la fecha en que le dieron su credencial; segundo, el nombre y el puesto del jefe que le autorizó esa credencial, explicando con qué artículo de la ley se la emitieron; y tercero, que la credencial traiga su foto y su firma.

Texto oficial

Artículo 92. Para efectos de hacer constar que el Personal de Vigilancia de las Funciones de tesorería se identificó debidamente durante los actos de vigilancia que realicen, en las actas que se levanten con tal motivo se deberá señalar lo siguiente: I. El nombre completo de la persona designada para la práctica del acto de vigilancia, así como el número, la vigencia y la fecha de expedición de las credenciales o constancias de identificación de la misma; II. Nombre y cargo del servidor público facultado para emitir las credenciales o constancias de identificación, así como el fundamento para la expedición de dichas credenciales, y III. Que el documento con el que se identifica contiene su fotografía y firma.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.