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Artículo 94 del REGLAMENTO de la Ley de Tesorería de la Federación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 94 dice cómo se deben entregar los avisos oficiales cuando la autoridad revisa cuentas o valores. Si no es una notificación en persona, se entrega por correo certificado, mensajería o con un recibo firmado. También se puede hacer por correo electrónico u otro medio digital, pero solo si tú lo aceptaste de manera expresa y se puede comprobar que lo recibiste.

Texto oficial

Artículo 94. Las notificaciones que se practiquen con motivo del ejercicio de la función de vigilancia de Recursos y Valores, salvo las personales, se realizarán mediante oficio entregado por correo REGLAMENTO DE LA LEY DE TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 30-06-2017 29 de 36 certificado, mensajero o mensajería, con acuse de recibo. También podrá realizarse a través de medios de comunicación electrónica o cualquier otro medio, cuando así lo haya aceptado expresamente el sujeto a notificar siempre que pueda comprobarse fehacientemente la recepción de dicha notificación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.