- Ley
- REGLAMENTO del Senado de la República
- Artículo
- 102
Artículo 102 del REGLAMENTO del Senado de la República
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando en una votación sobre un asunto (como aprobar o rechazar algo, pero no para elegir a una persona), hay el mismo número de votos a favor y en contra, se vuelve a votar de inmediato. Si otra vez hay empate, entonces se discute el tema de nuevo y se vota hasta la junta o reunión siguiente. En cambio, si el empate ocurre en una votación para elegir a alguien (como a un presidente o comité), se vuelve a votar en la misma reunión las veces que sea necesario hasta que alguien gane, a menos que la ley diga otra forma de hacerlo.
Texto oficial
Artículo 102 1. Si resulta empate en una votación, que no se refiera a elección de personas, se repite de inmediato; si por segunda ocasión hay empate, el asunto se discute y vota nuevamente en la sesión siguiente. 2. Si resulta empate en una elección de personas, la votación se repite en la misma sesión tantas veces como se requiera hasta que exista la mayoría necesaria, salvo que la ley disponga otro procedimiento. CAPITULO OCTAVO DE LAS MOCIONES
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