- Ley
- REGLAMENTO del Senado de la República
- Artículo
- 105
Artículo 105 del REGLAMENTO del Senado de la República
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La moción suspensiva es una herramienta que usan los senadores para frenar o detener un debate en el Pleno (la reunión de todos los senadores). Su objetivo es que no empiece o se interrumpa la discusión para que el tema sea revisado de nuevo o se devuelva a las comisiones (grupos que analizan las leyes antes de votarlas). Solo se puede aplicar a los debates en general de dictámenes o proyectos que van a votarse, no a detalles específicos. Para presentarla, se necesitan al menos cinco senadores, y ellos deben aclarar si solo quieren parar el debate o si quieren que el asunto se revise o regrese a comisiones.
Texto oficial
Artículo 105 1. La moción suspensiva de un debate en el Pleno tiene por objeto que no se inicie o que se interrumpa, a efecto de que el asunto de que se trata sea revisado o devuelto a comisiones. 2. Sólo son materia de moción suspensiva los debates en lo general de los dictámenes o proyectos que se votan. 3. La moción suspensiva se presenta por cinco senadores al menos, quienes precisan si se refieren sólo al debate o a que el asunto se revise o regrese a comisiones.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.