- Ley
- REGLAMENTO del Senado de la República
- Artículo
- 104
Artículo 104 del REGLAMENTO del Senado de la República
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 104 habla de cómo los senadores pueden pedir orden durante una sesión. Si alguien está hablando, hace ruido o falta al respeto, cualquier senador puede pedirle al Presidente del Senado que exija silencio, compostura o que se cumplan las reglas. También aplica para el personal de apoyo o el público que esté alterando la sesión. Si la petición es aceptada, el Presidente toma cartas en el asunto; si no, la sesión sigue normal.
Texto oficial
Artículo 104 1. La moción de orden tiene como objetivo que las sesiones del Senado se realicen con apego a las normas que las regulan. 2. En la moción de orden durante el desarrollo de la sesión, se solicita al Presidente que llame al Pleno a que se guarde silencio, se mantenga la compostura, se ocupen los escaños o se cumpla alguna disposición de la Ley o este Reglamento. De igual modo los senadores solicitan que llame al orden al personal de apoyo y al público asistente o se corrija cualquier otra situación que signifique falta de respeto al orador o altere el desarrollo de la sesión. 3. En la moción de orden al orador, un senador o senadores solicitan al Presidente que ejerza sus facultades en los casos previstos en los artículos 83, fracciones I, II y III; 84; y 86, párrafo 3, de este Reglamento. 4. Si la moción de orden es aceptada por el Presidente, procede a lo conducente; de lo contrario, continúa el desarrollo de la sesión.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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