- Ley
- REGLAMENTO del Senado de la República
- Artículo
- 132
Artículo 132 del REGLAMENTO del Senado de la República
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El secretario de una junta directiva tiene varias tareas importantes. La primera es que puede reemplazar al presidente cuando este falte temporalmente. También debe ayudar al presidente en su trabajo diario. Si el presidente se niega a convocar una reunión extraordinaria, el secretario puede hacerlo en su lugar, siguiendo las reglas de otro artículo. Además, tiene que escribir las actas de las reuniones y firmarlas junto con el presidente. Por último, debe hacer todo lo que digan la ley, este reglamento u otras normas. Si el presidente no dice quién lo va a reemplazar cuando falta, entonces lo hará el secretario del grupo político más grande.
Texto oficial
Artículo 132 1. Los secretarios de las juntas directivas cumplen las funciones siguientes: I. Sustituir al Presidente en sus ausencias temporales; II. Auxiliar al Presidente en el ejercicio de su cargo; III. Convocar a sesión extraordinaria cuando el Presidente se niega a hacerlo, conforme a lo dispuesto en la fracción III del párrafo 1 del artículo 130 de este Reglamento; IV. Levantar las actas de las sesiones y firmarlas junto con el Presidente; y V. Las demás que se derivan de la Ley, este Reglamento y otras disposiciones aplicables. REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPÚBLICA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 06-12-2024 38 de 120 2. Para cada ausencia, el Presidente de la comisión designa al Secretario que lo sustituye; de no hacerlo, se hace cargo el Secretario que forma parte del grupo parlamentario con mayor número de integrantes. CAPITULO CUARTO DE SUS ATRIBUCIONES
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