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Ley
REGLAMENTO del Senado de la República
Artículo
136

Artículo 136 del REGLAMENTO del Senado de la República

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando las comisiones hagan su trabajo, tienen que seguir las reglas que marca la Constitución, la ley, este reglamento y otras normas que apliquen. También pueden resolver por su cuenta aquellos asuntos que sean sencillos o de poca importancia, siempre y cuando no vayan en contra de lo que dicen las leyes.

Texto oficial

Artículo 136 1. En el cumplimiento de sus atribuciones, las comisiones se sujetan a los procedimientos establecidos en la Constitución, la Ley, este Reglamento y demás disposiciones aplicables. 2. Conforme a lo dispuesto en la parte final del párrafo 1 del artículo 103 de la Ley, las comisiones pueden resolver por sí mismas los asuntos cuya naturaleza y trascendencia así lo requieran, sin que contravengan los ordenamientos relativos.

Ver texto oficial del REGLAMENTO del Senado de la República (pág. 39) ↗

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